Facturar a clientes internacionales
Prestar servicios a empresas de otros países de la UE suele implicar facturar sin IVA español por inversión del sujeto pasivo, pero solo si estás dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y presentas la declaración informativa correspondiente (modelo 349).
Los servicios a empresas de fuera de la UE, por regla general, tampoco llevan IVA español. Las ventas a particulares, los servicios digitales y las plataformas tienen sus propias reglas, así que conviene revisar cada fuente de ingresos.
Autónomo o sociedad: depende de los números
El autónomo tributa en el IRPF a tipos progresivos, mientras que la sociedad paga el Impuesto sobre Sociedades y el socio vuelve a tributar cuando se reparten beneficios. Ninguna opción es mejor en abstracto.
La decisión depende de tus ingresos, de cuánto necesitas sacar del negocio, de tus planes y de los costes y obligaciones adicionales que implica una sociedad.
Los bienes en el extranjero se declaran
Si eres residente fiscal en España y tienes cuentas, valores o inmuebles en el extranjero por más de 50.000 € en alguna de esas categorías, debes presentar el modelo 720. Las criptomonedas custodiadas fuera tienen su propia declaración, el modelo 721.
Son declaraciones informativas, no generan impuesto por sí mismas, pero es fácil olvidarlas y son una fuente habitual de problemas con Hacienda.
